El Banco Europeo de Inversiones es una institución financiera de la UE, creada en 1958 por el Tratado de Roma. Sus accionistas son los Estados miembros de la UE. En su calidad de institución de la UE, el BEI tiene por misión la financiación de inversiones que favorezcan la integración económica y una mayor cohesión social de los Estados miembros. La financiación procedente del BEI cuenta con condiciones favorables respecto a fuentes alternativas de crédito.
Son proyectos financiables los proyectos de inversión y necesidades de capital circulante, que deben materializarse en España o en países de la Unión Europea. Podrán ser beneficiarios los autónomos, pymes con menos de 250 empleados y midcaps con un número de empleados entre 250 y menos de 3.000, con independencia de su balance y facturación, que estén radicados en la Unión Europea.
La cuantía financiable con fondos BEI es de hasta 12,5 millones de euros por proyecto. El plazo de amortización es de 2 a 12 años para proyectos de inversión, y de 2 a 5 años para financiación de circulante, con posibilidad de carencia.
Se podrán financiar los siguientes tipos de proyectos:
Proyectos de inversión
- Tangibles: Proyectos de inversión en activos productivos, salvo los terrenos (excepto que su compra se considere técnicamente esencial para el proyecto y con limitaciones), que supongan nuevas inversiones y/o ampliación o mejora de instalaciones existentes. La financiación para la adquisición de terrenos agrícolas queda totalmente excluida.
- Intangibles: gastos I+D+i, costes de desarrollo. No se admite la compra de patentes o licencias, con carácter general.
- Se podrá financiar la compra de una empresa con el fin de garantizar la continuidad de la actividad económica en determinados supuestos y bajo ciertas condiciones (sucesión intergeneracional o cesión de empresas a miembros del personal).
Todos los proyectos de inversión deben materializarse en España o en algún país de la Unión Europea. Y no han de estar finalizados (pagados en 90 % o más) en el momento de la firma del contrato de financiación.
Proyectos de capital circulante
- Necesidades de liquidez destinadas a proporcionar una base de capital circulante estable que permita a los potenciales beneficiarios financiar las obligaciones derivadas de su ciclo comercial, como parte de sus actividades normales.
- Las categorías financiadas pueden incluir, entre otras, los fondos necesarios para la adquisición de materias primas y otros insumos de fabricación, inventarios y costes indirectos, así como los fondos para financiar a deudores comerciales y otros créditos no comerciales.
No podrá financiarse operaciones puramente financieras, compra de participaciones en empresas (salvo los supuestos indicados anteriormente), ni operaciones de promoción inmobiliaria. No se financia IVA.
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Proceso abierto permanentemente.